Nacional

Publican reglamento para la correcta aplicación de la Ley de 3 causales

La Contraloría General de la República dio el visto bueno a las modificaciones al reglamento de objeción de conciencia propuestas por el Ejecutivo. 

Miércoles, 2 julio 2025.- 20:53 pm

Fue publicado en el Diario Oficial el reglamento que asegura que la legítima objeción de conciencia no limitará el acceso a la Ley que permite la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales: riesgo para la vida de la mujer, inviabilidad fetal y violación. 

Las modificaciones implementadas por el Gobierno, buscan garantizar que las mujeres y niñas que se encuentran en alguna de estas tres causales no tengan que trasladarse entre centros, cambiarse de ciudad o recorrer regiones para ejercer un derecho ya consagrado por ley. 

Esto representa un triunfo para la salud pública. Desde que la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (Ley IVE) comenzó a regir, hemos recibido numerosos testimonios de mujeres y niñas que han debido recorrer largos trayectos para encontrar un centro de atención, debido a que en algunos recintos el 100% de los médicos se declaraban objetores de conciencia. Este reglamento busca precisamente cambiar esa realidad, garantizando que todas puedan acceder a una atención oportuna, segura y eficiente, sin trabas ni demoras”, Antonia Orellana, ministra de la Mujer y la Equidad de Género.

Cabe destacar que el plazo para recurrir al Tribunal Constitucional y presentar algún requerimiento venció el pasado 26 de junio, sin que se presentara ninguna acción, por lo que el reglamento se encuentra en pleno rigor. 

“Es muy positivo que podamos dar cumplimiento cabal a una ley que fue aprobada hace varios años y que cuenta con un importante apoyo ciudadano, considerando que hay encuestas en que tiene un respaldo de un 73%”, indicó la ministra de la Mujer, Antonia Orellana.

¿Cómo funciona el reglamento? 

El reglamento permitirá a las mujeres:

  • Conocer si quien las atiende es o no objetor de conciencia y los establecimientos de salud deberán mostrar visiblemente los derechos que otorga la ley.
  • Además, los recintos médicos deberán actualizar sus protocolos de reasignación y derivación, ajustándose a la norma que emitirá el Ministerio de Salud, procurando que la atención sea siempre oportuna, digna y sin costo adicional. 
  • Es importante destacar que el reglamento no elimina la objeción de conciencia, sino que establece que la red pública de salud debe contar con personal suficiente que no sea objetor, para que en ningún caso se niegue el acceso a la atención. 
  • Actualmente, en Chile hay 3 hospitales públicos donde el 100% de los obstetras se declara objetor de conciencia. 

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