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Comunidades indígenas Atacameñas presentan reclamaciones contra proyecto de recuperación de sales de potasio en el Salar de Atacama

Miércoles, 5 agosto 2026.-   19:39 pm

Se trata de las comunidades indígenas Atacameñas de Peine y Toconao, quienes presentaron dos reclamaciones en contra de la resolución del Comité de Ministros que resolvió acoger el recurso del titular del proyecto “Planta de producción de Sales de Potasio, SLM NX Uno de Peine” de la Sociedad Legal Minera NX UNO de Peine y revirtió el rechazó ambiental que había recibido la iniciativa.

Comunidad Indígena de Peine

En el caso de la comunidad indígena de Peine, su reclamación se funda, principalmente, en que el Comité de Ministros habría sustituido la competencia del Servicio de Geología y Minería (SERNAGEOMIN) al pronunciarse sobre materias hidrogeológicas que se encuentran vinculadas al otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial N° 88 (PAS N° 88), relativo al apilamiento de residuos mineros,  pese a que el organismo técnico había concluido reiteradamente que los antecedentes del titular eran insuficientes para descartar la perturbación de flujos de agua subterránea por infiltración o lixiviación.

Además, alegan que la resolución impugnada presentaría contradicciones y vicios de legalidad, al sustentarse en una línea de base de 2009 que no reflejaría la actual situación hídrica del Salar. Asimismo, denuncian la vulneración de los principios precautorio y de no regresión, la descripción incompleta del proyecto al omitir su vocación litífera, lo que configuraría fraccionamiento y elusión del SEIA, la exclusión de la comunidad en la etapa recursiva y una eventual nulidad de derecho público.

 Comunidad Indígena de Toconao

En el caso de la comunidad indígena de Toconao, sostienen que la resolución reclamada incumpliría el mandato contenido en la sentencia dictada por el Primer Tribunal Ambiental en la causa Rol R-58-2022, cuestionando que el titular no habría aportado datos primarios o sondajes propios significativos en su área, limitándose a reelaborar y “reciclar” el modelo regional de CORFO, desarrollado por Amphos 21 para planificación pública de cuenca y no para evaluar los impactos específicos de un proyecto privado.

En materia hídrica, cuestionan que la evaluación no haya incorporado una modelación específica del sistema lagunar Soncor, sino que haya extrapolado antecedentes de Aguas de Quelana, pese a sus diferencias. Asimismo, sostienen que el Plan de Alerta Temprana sería ineficaz, pues considera un pozo cuyos mecanismos de contingencia ya se encuentran activados por la sobreexplotación de otros operadores, y denuncian la omisión del riesgo de subsidencia asociado a la extracción de salmuera.

También alegan que el PAS N° 88 fue otorgado sin una caracterización suficiente de las canchas de acopio ni de sus riesgos de estabilidad, percolación, dispersión de polvo y presencia de elementos tóxicos. Finalmente, afirman que la evaluación desatendió el actual contexto de sobreexplotación y sanciones en la cuenca, además de los derechos de la comunidad de Toconao sobre sus recursos naturales, actividades tradicionales y participación en la gestión del sistema Soncor.

Ambas comunidades solicitan la anulación de la resolución del Comité de Ministros y mantener el rechazo ambiental del proyecto o, en subsidio, adoptar las medidas que correspondan conforme con la Ley N° 20.600.

Ambas comunidades solicitaron la dictación de medidas cautelares para suspender de inmediato los efectos de la resolución impugnada y paralizar todo acto de ejecución material, impidiendo el inicio de obras físicas amparadas especialmente en el Permiso Ambiental Sectorial N° 88, mientras se resuelve el fondo de las reclamaciones. Al respecto, el tribunal decidió requerir los argumentos de las demás partes del caso para decidir con mayores antecedentes.

 Intervención previa del tribunal

El proyecto ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en 2009 y ya fue objeto de un pronunciamiento del Primer Tribunal Ambiental. En la sentencia dictada en la causa Rol R-58-2022, el Tribunal acogió parcialmente la reclamación del titular y ordenó retrotraer la evaluación a la dictación de un nuevo y último ICSARA, con el objeto de requerir una nueva modelación hidrogeológica que incorporara las exigencias técnicas formuladas por los organismos competentes.

El proyecto

El proyecto considera la recuperación de sales de potasio presentes en salmueras del Salar de Atacama para producir 200.000 toneladas anuales de cloruro de potasio, además de nuevas instalaciones de molienda, chancado, flotación y una línea eléctrica de aproximadamente 300 metros. Contempla una inversión de 43 millones de dólares, una vida útil de 20 años y se emplazará en la comuna de San Pedro de Atacama, Región de Antofagasta.

 

Causa Rol R-178-2026 (acumula causa Rol R-179-2026)

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