¡Plan Escuelas Protegidas ya es ley!
El proyecto entrega nuevas herramientas a la comunidad educativa para enfrentar hechos de violencia en los establecimientos. Ahora será revisado por el Tribunal Constitucional antes de convertirse en Ley de la República.

Valparaíso, 2 junio 2026.-
Buenas noticias para las comunidades escolares tuvimos hoy, ya que la Cámara de Diputadas y Diputados, aprobó el proyecto Escuelas Protegidas, el que se transformará en ley, una vez que sea revisado por el Tribunal Constitucional.
Se trata de una esperada y necesaria iniciativa que entregará nuevas herramientas a la comunidad educativa para enfrentar hechos de violencia en los establecimientos y permitirá mantener el respeto dentro del aula.
Principales normas de Escuelas Protegidas
El proyecto Escuelas Protegidas establece entre sus principales normas que:
- Para resguardar la integridad física y psíquica de los integrantes de la comunidad educativa, los sostenedores podrán incorporar en sus reglamentos internos la revisión de mochilas, bolsos u otros efectos personales de los estudiantes, excluidas sus vestimentas, a fin de evitar el ingreso, uso, porte y posesión de elementos que puedan ser utilizados para agredir a otros o para atentar contra la infraestructura del establecimiento.
Esta revisión deberá evitar cualquier forma de contacto físico o exposición innecesaria de los involucrados y deberá realizarse en lugares especialmente designados. Queda estrictamente prohibido requerir al estudiante que se desnude, así como la revisión corporal y de vestimentas.
- Se podrá solicitar al estudiante mostrar o vaciar el contenido de los bolsillos. Si se encontraran elementos considerados potencialmente peligrosos, se deberá comunicar de manera inmediata a los padres y apoderados del estudiante, así como a Carabineros o a la Policía de Investigaciones.
En caso de negativa del estudiante, el personal igualmente deberá informar de manera inmediata a sus padres y apoderados para que, al menos uno de ellos, concurra a revisar las pertenencias. En tanto, el estudiante deberá permanecer bajo resguardo en un espacio adecuado que deberá ser distinto del de la sala de clases.
Si el padre, madre o apoderado concurre y el estudiante persiste en su negativa, el estudiante deberá retirar las pertenencias del establecimiento, debiendo el sostenedor informar a la Oficina Local de la Niñez.
En el caso de que el padre, madre o apoderado no concurra dentro del plazo y /o condiciones específicas contenidas en el reglamento interno o no concurra, el sostenedor del establecimiento deberá comunicar los antecedentes a Carabineros de Chile o a la Policía de Investigaciones de Chile y requerirles para que procedan.
- Los funcionarios de Carabineros y la Policía de Investigaciones de Chile deberán, sin orden del fiscal y previo requerimiento del personal del establecimiento educacional correspondiente, concurrir a este establecimiento para efectuar el registro de las vestimentas y efectos personales del estudiante cuando exista algún indicio de que el estudiante ha cometido o intentado cometer un crimen o simple delito.
- Los reglamentos internos podrán contener prohibiciones de uso de vestimentas o accesorios que impidan la identificación facial. No se aplicará cuando el uso responda a necesidades de salud, necesidades sensoriales o de regulación emocional, prácticas religiosas o culturales, expresión de identidad de género y necesidades de carácter climatológicas, entre otras.
Estamos conformes de poder sacar adelante esta iniciativa y poner a disposición de los colegios y los educadores y los profesores, nuevas herramientas para enfrentar este problema que es la violencia”, María Paz Arzola, ministra de Educación.




