Dirigente nacional del cobre emite comunicado sobre el fatal accidente del trabajador de División El Salvador de Codelco Chile

Calama, 18 enero 2026.- 20:40 pm
INSERTO ESPECIAL A TRABAJADORES:
Comparezco ante ustedes para dar cuenta de una situación de extrema gravedad que afecta a Codelco División Salvador y que, por su magnitud, reiteración y consecuencias humanas, ya no admite relativizaciones ni tratamientos superficiales.
El trabajador Marco Monsalve Farfán falleció el día de ayer, producto del grave daño cerebral sufrido tras el accidente ocurrido en la Fundición Potrerillos. Su muerte no puede ser comprendida como un hecho aislado ni como un evento fortuito. Es la consecuencia final de una cadena de fallas estructurales, operativas y de gestión que han sido advertidas oportunamente y que, pese a ello, no fueron corregidas.
Según antecedentes conocidos y comunicación directa con su familia durante los días posteriores al accidente, el trabajador habría permanecido alrededor de cuarenta minutos sin oxígeno, generando un daño neurológico irreversible. La familia, con dolor y dignidad, había señalado previamente la ausencia de actividad cerebral y la inexistencia de posibilidades reales de recuperación. El desenlace fatal ocurrido ayer confirma la gravedad del cuadro y da cuenta del nivel de exposición al que fue sometido.
La cadena de atención posterior —policlínico de Potrerillos, hospital de El Salvador, derivación a Copiapó y finalmente a Santiago— dejó en evidencia una realidad extremadamente preocupante: la División no cuenta con una capacidad real de respuesta médica crítica acorde a los riesgos de su operación.
Cuando una faena de alto riesgo no está preparada para responder eficazmente ante una emergencia vital, no estamos ante una deficiencia menor, sino ante un incumplimiento del deber legal de protección eficaz de la vida y salud de las personas.
Esto no es un hecho nuevo ni imprevisible.
La División Salvador ya vivió una tragedia similar en 2018, con el fallecimiento del trabajador Jordan Antonio Castillo Núñez, luego de semanas de agonía producto de quemaduras graves sufridas en la misma fundición. Tras ese hecho se anunciaron compromisos, planes de mejora y supuestas correcciones estructurales. Hoy, con un nuevo trabajador fallecido, resulta evidente que dichas medidas no generaron sistemas robustos ni capacidades reales suficientes para proteger la vida.
Durante años han existido advertencias formales e informales, denuncias sindicales, reclamos de trabajadores con enfermedades profesionales y antecedentes internos que dan cuenta de falencias estructurales en salud ocupacional: falta de especialistas, baja capacidad resolutiva ante emergencias complejas, dificultades con prestadores de salud, burocracia que retrasa la atención y seguimiento clínico deficiente.
Estos antecedentes han sido conocidos por distintos niveles de la organización. Nadie puede afirmar seriamente que desconocía la existencia de estos riesgos.
Incluso estas debilidades fueron advertidas externamente. Un diputado de la República ofició formalmente alertando sobre los riesgos reales que enfrentaban los trabajadores de División Salvador. Tampoco estas advertencias generaron correcciones estructurales de fondo.
Pero la situación es aún más grave cuando se analiza el sistema de respuesta ante emergencias mayores.
En División Salvador se ha mantenido durante un período prolongado una situación documentada de deficiencias en el contrato de brigadas de emergencia y protección contra incendios, operado por la empresa Sercoing.
Este servicio constituye una de las principales barreras críticas de protección de la vida humana en una operación minera de alto riesgo. Sin embargo, ha operado con brechas relevantes que han sido advertidas oportunamente y que no fueron corregidas.
El Procedimiento Corporativo de Brigadas de Emergencia de Codelco (P-007) establece de manera expresa dotaciones mínimas obligatorias para asegurar capacidad real de respuesta frente a eventos críticos.
Pese a ello, en División Salvador se permitió operar con solo dos brigadistas por turno, cuando el estándar corporativo establece cinco como base mínima. Esto no es una diferencia interpretativa: es un incumplimiento objetivo del propio estándar corporativo definido para proteger la vida.
A ello se suma la rebaja del estándar del carro bomba originalmente exigido, la mantención de equipos con limitada capacidad operativa para acceder a sectores críticos del rajo y un servicio que ha operado de manera parcial, con capacidad reducida para enfrentar emergencias reales de gran magnitud.
Más grave aún, existen antecedentes de que estas brechas fueron minimizadas u ocultadas en instancias internas de control, reporte y fiscalización, impidiendo que la magnitud real del riesgo fuera abordada con la urgencia que correspondía.
Este contexto adquiere mayor gravedad si se considera que la administración corporativa de Codelco tenía pleno conocimiento del riesgo real asociado a incendios de camiones de extracción (CAEX), luego de hechos fatales y gravísimos ocurridos en otras divisiones.
– El 8 de marzo de 2024, en División Radomiro Tomic, falleció la operadora Ana Camila Rojas, luego que el camión de extracción que operaba se incendiara sin que pudiera descender.
– El 21 de diciembre, en División Ministro Hales, un trabajador resultó con quemaduras graves tras el incendio de un CAEX Caterpillar 798.
Estos antecedentes confirman que los incendios en CAEX constituyen un riesgo crítico real, conocido y vigente en la gran minería. Por ello, las brigadas de emergencia no pueden operar con estándares degradados ni dotaciones insuficientes sin que ello constituya una amenaza directa a la vida.
La mantención de sistemas degradados, con pleno conocimiento de estos antecedentes, no puede entenderse como un simple problema administrativo. Constituye una conducta gravemente irresponsable desde el punto de vista de la gestión del riesgo y la protección de la vida humana.
En estas materias, la responsabilidad funcional recae directamente en la línea de Seguridad y Salud Ocupacional de la División. En particular, bajo la conducción de la Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional, Sra. Paola Venegas Padilla, se mantuvo en operación un sistema degradado de respuesta ante emergencias críticas, pese a existir advertencias previas, antecedentes documentados y un contexto corporativo claro de alto riesgo.
No se trata de imputaciones personales antojadizas. Se trata de una constatación objetiva: cuando una autoridad tiene bajo su esfera directa de control las barreras críticas de seguridad, conoce las brechas existentes y estas no se corrigen, existe responsabilidad funcional que debe ser evaluada con seriedad.
La situación se vuelve aún más delicada cuando se constata que quienes advirtieron estas brechas desde dentro de la organización fueron posteriormente desvinculados. El entonces Gerente General y el Director de Protección Industrial que elevó formalmente la denuncia a Casa Matriz terminaron fuera de la organización, mientras la denuncia fue archivada y el fondo del problema no fue abordado.
Este tipo de dinámicas genera un efecto profundamente dañino: inhibe la denuncia interna, normaliza el silencio y deja a los trabajadores sin defensas reales frente a riesgos críticos.
Los antecedentes aquí expuestos han sido aportados por personas que actualmente no pueden hablar desde el interior de la organización por temor fundado a represalias. Son antecedentes objetivos, actuales y verificables, sustentados en documentación interna, antecedentes contractuales y registros operativos. No corresponden a rumores ni interpretaciones subjetivas.
Hoy, un trabajador ha fallecido.
Esa muerte no puede desligarse del contexto en que ocurrió: sistemas debilitados, capacidades de respuesta insuficientes, estándares rebajados, advertencias no escuchadas y decisiones administrativas que privilegiaron la continuidad operativa por sobre la corrección estructural de las brechas.
La vida humana debe ser el límite infranqueable.
Por ello, esta situación exige medidas reales, no declaraciones. Exige liderazgo efectivo en seguridad, cumplimiento riguroso de la normativa legal y corporativa, revisión profunda de los contratos críticos —incluido el de brigadas de emergencia— y una evaluación seria de las responsabilidades funcionales en todos los niveles involucrados.
Nada de eso devolverá la vida al trabajador fallecido.
Pero es lo mínimo exigible para que su muerte no sea una más en una lista que pudo haberse evitado.



