
Alrededor de 550 personas serán beneficiadas con el servicio que entrega el Comité de APR de la comuna de San Pedro de Atacama.
Socaire, 1 octubre 2025.- 10:23 am
La dirección regional de Aguas de Antofagasta, autorizó al Comité de APR de Socaire la extracción definitiva de 2,7 litros por segundo desde la fuente natural conocida por la comunidad como “Vertiente Solar” en la comuna de San Pedro de Atacama, provincia de El Loa.
Cabe recordar, que a raíz de la priorización para el consumo humano, uso doméstico y saneamiento establecida en la reforma al Código de Aguas de 2022, la DGA cuenta con la facultad de otorgar un permiso transitorio a los Servicios Sanitarios Rurales, ex APR, para que puedan extraer hasta 12 litros por segundo mientras se tramita la solicitud de derecho de aprovechamiento de aguas definitiva ante el servicio dependiente del Ministerio de Obras Públicas.
El seremi de Obras Públicas, Pedro Barrios, explicó que a raíz de lo anterior, en junio de 2024 el Comité APR presentó a la DGA regional la solicitud de extracción temporal por 2,7 litros por segundo, la que fue concedida en forma transitoria por el servicio en diciembre del año pasado con fines exclusivos para el consumo humano y saneamiento de la comunidad ubicada en la provincia de El Loa.

“Esta autorización de derechos es muy importante para el Comité de Agua Potable Rural de Socaire, el cual data del año 1985 y abastece de agua a 561 beneficiarios estimados con 181 arranques”, dijo Barrios.
El director regional de Aguas, Arturo Beltrán, manifestó que “estamos muy contentos por confirmar que una solicitud que era transitoria, ahora es definitiva para el APR, ya que viene a satisfacer una necesidad básica y urgente de los usuarios, entregándoles certeza de que el acceso al agua potable y saneamiento es un derecho humano irrenunciable que debe ser garantizado por el Estado”.
La concesión de aguas definitiva es entregada por un período de 30 años, prorrogable por el solo ministerio de la ley y cuenta con las siguientes características: es de aguas superficiales y corrientes, de carácter consuntivo y de ejercicio permanente y continuo. Beltrán agregó que con la reforma al Código de Aguas vigente desde el 2022, la DGA asume la labor de inscribir el derecho de aprovechamiento de aguas en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, para posteriormente, registrarla en el Catastro Público de Aguas del servicio.
En esa misma línea, el Comité de Agua Potable de Socaire deberá cumplir con la obligación de instalar y mantener un sistema de monitoreo y transmisión de la extracción de aguas que realiza desde el lugar donde se ubica la obra con la cual capta el agua.