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Por despido injustificado ponen recurso protección contra alcalde de Antofagasta

Desvinculó a su jefe jurídico y llamó a concurso sin aviso al afectado.

El alcalde debe responde y demostrar ante el tribunal competente todos los antecedentes que lo motivaron para desvincular al jefe jurídico.

Antofagasta, 29 enero 2022.-

Según lo explicado por el abogado Rodrigo Soto Chandia, el alcalde de Antofagasta, se saltó todo derecho jurídico tras desvincular al jefe Jurídico de la Municipalidad Felipe Ascencio, quien fue despedido sin pago de sus honorarios ni indemnización alguna explica el abogado querellante.

El problema se gesta cuando el alcalde de Antofagasta Jonathan Rodrigo Velásquez Ramírez, cita a reunión al abogado, pero él no se presentó y en su representación llegó la encargada de Desarrollo Comunitario, quien pese haber «transcurridos más de cinco meses y medio de intenso trabajo, de manera absolutamente irregular y con total desconocimiento del actor, el día 23 de noviembre, es citado a una reunión por parte del Alcalde, a la que la máxima autoridad edilicia no asiste, pero en su nombre actúa la Directora de Desarrollo Comunitario, señora Kary Pena, quien ante todo el equipo del Alcalde acomete en contra de mi representado de la manera más soez y humillante posible, que no vale la pena describir en la presente acción constitucional». describe el documento legal de recurso de protección.

De esta manera el abogado afectado presenta una acción de protección contra el Decreto Alcaldicio que remueve al asesor Jurídico Felipe Ascencio, sin causal alguna y solicita su reincorporación formal ya que además se vio afectado su honra como profesional.

Abogado Rodrigo Soto Chandia.

«Mi representado tras reunirse con el alcalde de Antofagasta no firmó su renuncia, y pese a ello con la irregular y desmedida fuerza de poder como alcalde lo ha removido igualmente de su cargo llamando además a concurso el cargo» una acción completamente injustificada señala Soto.

«Acción de protección contra decreto alcaldicio que remueve asesor jurídico por falta de motivación del acto administrativo. No hay fundamentos ni razones, como tampoco siquiera hay «considerandos» en dicho decreto.

Lo anterior transgrede la juridicidad establecida en los art. 6 y 7 de la CPR, así como también transgrede las garantías del art. 19 º nº 2 y 3 de la CPR respecto del recurrente. Se puede tener el decreto alcaldicio, aparte de arbitrio e ilegal, como una evidente forma de desviación de poder cometido por el alcalde».

«Posterior a la humillante y vejatoria reunión antes mencionada, el señor Ascencio Otárola es citado a una reunión informal con la Administradora Municipal el 26 de noviembre del año recién pasado, quien informa que el Alcalde quiere que presente la renuncia al cargo de Director de Asesoría Jurídica, sin esgrimir ningún tipo de razones.

En esa instancia, el señor Ascencio Otárola representa a la señora Administradora Municipal que el ejercicio de dicha prerrogativa corresponde exclusivamente al Alcalde y que por tal motivo debe solicitarlo él personalmente, además de esgrimir las razones para ello».

Cabe destacar que también el alcalde de Antofagasta en un correo enviado anunciando la vacante de Jurídica Municipal, acusa al abogado de apropiación de dineros que no están justificados en ninguna cuenta pública por parte del municipio, dañando así la honra de Ascencia destaca Soto.

señala documento formal de la Corte da por admitido el Recurso de Protección a favor del abogado Felipe Ascencio, quien hoy es decano de derecho de la Universidad Católica del Norte y con 15 años de ejercicio a la profesión.

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